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REFORMA AL OUTSOURCING

21/09/2021

Desde hace un par de años el tema del outsourcing o también llamado subcontratación, ha tomado mayor relevancia, en este modelo la empresa contrata a los empleados a través de un tercero.

El “espíritu” de la reforma recae en la prohibición de la subcontratación de personal, pero permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.

¿Es legal que una empresa contrate por “outsourcing”?

Sí, siempre y cuando el futuro trabajador sea informado plenamente de que su contratación será de esta forma y le sea proporcionada una copia íntegra de su contrato Individual de Trabajo. 

Aunque la contratación por medio de “outsourcing” es legal, la Ley Federal de Trabajo establecer las obligaciones y prohibiciones que debe acatar la empresa contratante por ejemplo: 

  • Las empresas sólo podrán contratar mediante “outsourcing” trabajadores/as especializados, los cuales no podrán hacer un trabajo igual o semejante al de los y las trabajadoras contratadas directamente por la empresa. 
  • La empresa no puede contratar a la totalidad de sus trabajadores a través del esquema de “outsourcing”. 
  • Si un empleado realiza exactamente el mismo trabajo y funciones que otros puestos contratados directamente por la empresa, pero su contratación es por “outsourcing”, se estarán violando sus derechos laborales.
  • Si la mayoría del personal es contratado por “outsourcing” y solo a unos pocos los contratan directamente por la empresa.

Esta reforma entró en vigor con carácter mandatorio a partir del 1ero de septiembre de 2021.

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